El arancel de pregrado es aquel que corresponde pagar a los estudiantes que ingresen a la Universidad a cursar estudios en alguna de sus carreras con la finalidad de obtener un grado académico o título profesional universitario.
Aranceles
El Arancel de Pregrado se compone de:
- Un Derecho Básico de Matrícula
- Un Arancel Anual
1. Derecho Básico de Matrícula
El monto de Derecho Básico de Matrícula es semestral y constituye un valor que todos los estudiantes de la Universidad deben cancelar en forma íntegra, por el solo hecho de matricularse.
Sin perjuicio de lo anterior, los alumnos de primer año deberán pagar su Derecho básico de Matrícula en una sola cuota al momento de matricularse y en los plazos establecidos en el Proceso de Admisión.
2. Arancel Anual
El Arancel Anual es un derecho que deben pagar los estudiantes por los servicios que les ofrece la Universidad, el cual se hará exigible en su totalidad por el sólo hecho de matricularse un alumno en una carrera o programa determinado. El monto del arancel anual podrá pagarse al contado, anual o semestral, o bien, dividiendo su monto total en un máximo de diez cuotas. En caso de esta última opción deberá el estudiante y un aval documentar el arancel a través de pagaré.
Financiamiento
¿Cómo financio el arancel de pregrado?
El arancel anual puede ser financiado directamente por el alumno o por quién financia sus estudios, pagando este en dinero efectivo, tarjetas de crédito o débito.
Quienes por su situación económica se ven impedidos de financiar directamente la totalidad de su arancel anual pueden acceder a financiamiento, tales como: Crédito del Fondo Solidario, Crédito Aval del Estado (CAE), Becas y Gratuidad.
Rebajas arancelarias
Las rebajas arancelarias, son exenciones de pagos en el arancel, por montos que oscilan a porcentajes equivalentes al 100% del Arancel Anual o inferiores a este, cuya duración es semestral o anual.
El período máximo por el cual se otorgan estas rebajas de arancel, es la duración nominal de la carrera.
Valores aranceles
Arancel Real
Los aranceles son fijados anualmente por el Rector, con aprobación del Consejo Superior.
Arancel de Referencia
Valor asignado por el Mineduc para el arancel anual de las distintas carreras que imparten las instituciones de Educación Superior, sin considerar la matrícula. En general, es menor que el arancel real. Se define de acuerdo a indicadores como calidad docente, tasas de titulación y retención.
Fechas de pago cuotas arancel
Cuota | Vencimiento cuota |
---|---|
Primera | 31 de marzo 2021 |
Segunda | 30 de abril 2021 |
Tercera | 31 de mayo 2021 |
Cuarta | 30 de junio 2021 |
Quinta | 31 de julio 2021 |
Sexta | 31 de agosto 2021 |
Séptima | 30 de septiembre 2021 |
Octava | 31 de octubre 2021 |
Novena | 30 de noviembre 2021 |
Décima | 31 de diciembre 2021 |
Interrupción de estudios
Postergación o Renuncia
Estudiantes que deseen postergar o renunciar a la carrera que actualmente cursan, deben tener presente que la gestión de este trámite es de su absoluta responsabilidad. Estudiantes que poseen beneficios arancelarios, tales como: gratuidad, becas y/o créditos, deben revisar el marco regulador de estos beneficios, de manera que no pierdan dichos beneficios por desconocimiento,
IMPORTANTE: El cobro del arancel, se realiza hasta el mes en el cual estudiante eleva la solicitud en plataforma académica dispuesta para estos fines.Si estudiante presenta deuda, no contará con el visto bueno de la unidad de aranceles, hasta el pago de la deuda.
Plazos para postergación o renuncia
En el caso de la postergación de estudios, estudiante deberá revisar el calendario académico correspondiente.En el caso de las renuncias a la carrera, esta puede ser solicitada en cualquier mes del año académico.
Devolución de excedentes
Procedimiento devolución de excedentes
Paso 1: Formulación de la Solicitud
Los estudiantes que efectúen solicitudes de devolución de pagos realizados en excesos por concepto de arancel y/o matrícula, deberán enviar correo electrónico a aranceles.pregrado@uoh.cl solicitando la devolución, indicando para ello:
- RUT (del estudiante)
- Nombre completo (del estudiante)
- N° cuenta bancaria (el titular debe ser el estudiante)
- Nombre banco
- Tipo de cuenta bancaria
- Correo electrónico (del estudiante)
Paso 2: Comprobante de la solicitud realizada
El estudiante recibirá un correo electrónico de respaldo indicando que se ha recibido la información solicitada y se informará en este mismo el monto que se devolverá.
Paso 3: Pago de devolución solicitada
Desde la Unidad de aranceles, se le enviará correo electrónico a estudiante indicando el día que se ha efectuado la devolución de montos solicitada, para que estudiante revise y señale conformidad.
IMPORTANTE: En el caso de devolución de pagos de matrícula y/o arancel de estudiantes que reciban asignación de Gratuidad, Beca Vocación de Profesor o Beca de Reparación, el proceso de devolución se realizará sin que necesariamente el estudiante lo haya solicitado.